DECRETO 28/1997, de 19 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Albalatillo, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal.El Ayuntamiento de Albalatillo, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 19 de marzo de 1997,
Artículo único.--Se autoriza al Albalatillo, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
cuadrilongo, de base circular. En campo de plata, aspa ondada de tres, de azur y plata, cargada en el abismo, de sinople, en forma de rombo ondado, con pueblecito de su color natural. Al timbre, Corona Real cerrada de la monarquía reinante.
De proporciones 2/3, siendo el tercio del asta de color verde y el resto blanco con un aspa ondada de tres, azul, plata, azul, con sus extremos en las esquinas